A raíz de varias políticas europeas y de la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, introdujo las Zonas de Bajas Emisiones, ZBE.
La Ley establece que los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes, cuando se superen los valores límite de contaminantes del aire, deberán adoptar antes de 2023, planes de movilidad urbana sostenible con el objetivo de mejorar la calidad del aire y reducir la emisión de gases de efecto invernadero derivados de la movilidad. Unos planes que deberán introducir medidas concretas para los municipios, como la aplicación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), definidas como ámbitos delimitados por la administración pública, en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos.
Esta descripción amplia, ha dado lugar a elaborar el Real Decreto Zonas de Bajas Emisiones, que permitirá concretar la forma y plazos para la implementación de ZBE; cuyo texto definitivo está pendiente de publicación.
En esta Sesión Técnica se comprobó que, tras la publicación de la legislación, muchas ciudades han empezado a trabajar en la delimitación de los ámbitos para aplicar las ZBE, en la definición de medidas complementarias dentro de sus Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) y en la necesaria comunicación a la ciudadanía de todas estas medidas.
Sin embargo, no todos los municipios a los que atañe la Ley 7/2021 tienen la misma situación de partida en cuanto a ordenanzas y trabajo en la elaboración de sus PMUS; en la evaluación y análisis de la calidad de aire de su municipio, o incluso, en cuanto a los recursos técnicos y económicos de los que disponen. Aplicar una ZBE para mejorar la calidad del aire supone un diseño exhaustivo sobre el mejor lugar para su implementación y las medidas más apropiadas para la circulación y estacionamiento de vehículos en la nueva zona. Todos tienen que determinar cuál es el área mínima que necesitan para tener un impacto positivo en la calidad del aire urbano, pero ¿esta área es igual para todos los municipios?
En cuanto a la comunicación y concienciación ciudadana, se resaltó la importancia de implicar a la ciudadanía, a la que se debe concienciar sobre las implicaciones que conlleva utilizar el transporte privado (especialmente en trayectos cortos dentro del municipio) y comunicar diferencias a la hora de aplicar criterios de ZBE y las ventajas que está medida aportará.
También se reflexionó sobre la seguridad jurídica necesaria para que los ayuntamientos puedan implementar las actuaciones con confianza y sobre las dificultades que supone aplicar las medidas antes del 1 de enero de 2023.
Puedes disponer del resumen de la sesión elaborado por los voluntarios de la Asociación de Ciencias Ambientales (ACA) pinchando aquí.
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